En octubre de 2025, California dio un paso pionero al convertirse en el primer estado en aprobar una legislación que impide que el Contralor de la Moneda del estado subaste los criptoactivos de sus residentes sin notificarles adecuadamente para que los reclamen. Si bien muchos lo vieron como un gran éxito para impulsar la legitimidad de la criptomoneda y proteger los derechos de los consumidores, un nuevo grupo de críticos lo señala como un esfuerzo retrogrado y contrario al cripto.
Según la legislación, los activos digitales que están bajo la custodia de exchanges y otros custodios de este tipo pueden ser reclamados por el estado si el “propietario aparente” no lo reclama tres años después de la fecha en que indicó por última vez interés en el activo.
Otros lo llamaron “criminal” e inconstitucional, citando lo injusto que es para el ciudadano californiano promedio que sus ahorros sean expropiados por el estado por inactividad en apenas tres años.
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La mayor parte de la reacción en contra de la legislación sobre propiedades no reclamadas parece originarse en una publicación controvertida, en la cual el autor, una voz respetada de la industria, asumió que el proyecto de ley acababa de aprobarse en la Cámara y estaba en camino al Senado. El único proyecto de ley que otorgó al estado el derecho de reclamar criptoactivos se promulgó en 2025.
Además, el estado no se apodera de forma directa de los activos inactivos después del plazo de 3 años. Si primero se pone en contacto con los propietarios mediante exchanges entre seis y doce meses antes de que el activo sea reportable al Controller como no reclamado.
Los propietarios que completan y firman un formulario adjunto se considerarán activos y tendrán su período de escheating reutilizado, mientras que aquellos que no respondan a los mensajes de sus exchanges tendrán sus fondos reportados como inactivos.
ADVERTISEMENTIncluso cuando los fondos se han transferido al estado, se mantienen bajo custodia para el propietario legítimo, no se confiscan permanentemente. Una prueba válida de propiedad haría que el heredero recupere directamente la criptomoneda, si todavía se conserva en su forma original.
Si el estado ya ha convertido el cripto en efectivo —lo cual es posible entre los 18 y 20 meses—, el propietario legítimo recibe el equivalente en efectivo. En ambos casos, el propietario tiene derecho a cualquier interés sobre sus fondos.
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