ESMA ordena a empresas cripto no autorizadas cesar operaciones antes del plazo del 1 de julio de MiCA, que vence en 3 días.

Según la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) del 23 de junio, los proveedores de servicios de criptoactivos no autorizados (CASPs) deben suspender la incorporación de nuevos clientes de la UE y preparar salidas ordenadas del mercado antes de que finalice el período transitorio del Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA) el 1 de julio de 2026.

Los proveedores no autorizados deben detener de inmediato la incorporación de nuevos clientes de la UE, la comercialización de servicios y la captación de clientes. Deben limitar las operaciones a las actividades necesarias para que los clientes existentes vendan, transfieran o cierren posiciones antes del cese de actividades, manteniendo el cumplimiento de los requisitos contra el lavado de dinero y supervisión de transacciones. ESMA declaró que los clientes deben verificar si su proveedor aparece en el Registro de ESMA y considerar transferir activos a plataformas autorizadas por MiCA o billeteras autogestionadas. El regulador planea acciones de ejecución coordinadas con las Autoridades Nacionales Competentes, la Autoridad Bancaria Europea y la Autoridad contra el Lavado de Dinero contra los proveedores no autorizados que continúen operando después del 1 de julio.

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